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¿Qué soluciones han encontrado para terminar con los maltratos otras mujeres que han pasado por la misma situación?

Acabar tú sola con los maltratos que recibes es algo muy difícil porque la responsable de las agresiones no eres tú, sino tu pareja. Muy pocas mujeres han conseguido acabar con los maltratos cediendo a las peticiones de su pareja y cuando lo han hecho, el resultado es una vida sin ilusión y con mucho sacrificio, mientras él tiene todas las ventajas.

También muy pocas mujeres han conseguido acabar con los maltratos sin romper la relación con su pareja. En este caso, no lo han hecho solas, han buscado la ayuda de otras personas. La mejor ayuda que recibieron vino de la mano de profesionales que conocen el tema de la Violencia de Género y los maltratos. Además, en estos casos ha sido muy importante contar con la colaboración del agresor.

La mayoría de las mujeres que han sido maltratadas por sus parejas (novios, maridos, parejas de hecho) han acabado con la situación en la que vivían rompiendo la relación con su maltratador, separándose.

Para ninguna de las mujeres que han conseguido librarse de los maltratos separándose ha sido un camino fácil. Han tenido que hacer frente a múltiples dificultades: el miedo, la desesperanza, la culpabilidad, la oposición de su pareja, las reacciones negativas de su familia política, la preocupación por los hijos/as, la falta de ingresos económicos, el desconocimiento de los trámites legales, la necesidad de un lugar en el que vivir, no haber encontrado el apoyo que necesitaban de sus familiares o amistades, etc. Dificultades que pueden afectar a la decisión de separarse y retrasar el paso definitivo. Incluso muchas mujeres no han conseguido separarse en el primer intento, han vuelto a convivir con su pareja en varias ocasiones y tras varios intentos consiguieron que fuera el definitivo.

Algunas mujeres han preparado la separación poco a poco mientras esperaban el mejor momento para dar el paso. Han tomado la decisión después de darse cuenta que él no iba a cambiar, después de muchos intentos de acabar con los maltratos hablándolo con su pareja agresora, intentando razonar con él, buscando apoyo en la familia de su pareja y en la propia, intentando hacer lo mejor para sus hijas/os, después de haber perdido sus amistades, el trabajo, etc. Mientras esperaban el mejor momento, a través de internet o acudiendo a especialistas se han asesorado en temas económicos, legales, sobre vivienda, sobre la custodia de sus hijos/as, etc.

Otras mujeres, consiguieron separarse tras huir de un ataque violento de su pareja. Al escapar y buscar refugio contactaron con personas que las derivaron a la policía, a algún abogado o una persona que les asesoró y les ofreció protección. Algunas de estas mujeres se refugiaron en casa de algún familiar, de algún conocido o en una casa de acogida y desde allí iniciaron todos los trámites.

De todas estas mujeres que han conseguido romper la convivencia con su pareja agresora, algunas han denunciado a sus agresores y/o han tramitado la separación y el divorcio, otras simplemente han dejado de convivir y no han realizado ningún trámite legal. De todas ellas, las que han obtenido mayor protección son las que han contado con el asesoramiento de profesionales especialistas en el tema de la Violencia de Género y los maltratos en la pareja. Tanto si estos profesionales forman parte del personal de algún dispositivo de la red pública (de servicios sociales, de salud, de la red de atención a mujeres maltratadas) como del ámbito privado (incluyendo asociaciones y fundaciones, gabinetes de abogados/as o psicólogos/as o psiquiatras, clínicas médicas, etc.).

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Consejos extraídos de la experiencia de otras mujeres a la hora de dar los primeros pasos para separarte y durante el proceso de separación:

- Las que se han sentido más seguras durante su proceso de separación fueron las que se asesoraron y buscaron información acerca de cuál podía ser la mejor opción para ellas en cuestiones como la tramitación de denuncias, la separación y/o divorcio, la custodia de las hijas/os, la petición de órdenes de protección, el reparto de bienes incluida la vivienda, la solicitud de ayudas económicas para ellas y para sus hijos/as, etc.

- La información y el asesoramiento más útil lo recibieron de profesionales especialistas en Violencia de Género y maltratos. Además, muchas de estas personas realizan esta labor gratuitamente en asociaciones, fundaciones y la red pública de atención a la mujer maltratada.

- La estrategia que mejores resultados les ha dado fue la de acudir a distintos profesionales para comparar la información y quedarse con el que han sentido que mejor las comprendía.

- Si buscas información o asesoramiento para separarte y todavía convives con tu pareja, toma precauciones para que él no se entere de dónde has acudido hasta que estés lista para dar el paso.

- Nunca es tarde para buscar asesoramiento sobre tus derechos como víctima de Violencia de Género. Incluso aunque ya no estés conviviendo con él y estés divorciándote puedes hacerlo y puede resultarte de alguna utilidad.

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Consejos generales para mantener tu seguridad si pones en marcha tu plan de huida:

Tú sabes muy bien cuál es el riesgo que puedes correr si decides separarte de tu pareja agresora. A continuación te exponemos una serie de consejos para salvaguardar tu seguridad y la de tus hijos/as que han sido útiles para otras mujeres en tu misma situación:

- Ante el temor a su reacción cuando le comuniques tu decisión de separarte, evita decírselo a solas y en un sitio alejado de otras personas.

- No hace falta que seas tú quien le diga que quieres iniciar la separación, puede hacerlo tu abogado/a.

- Busca un abogado/a que tenga experiencia en casos con maltratos, podrá asesorarte mejor cuidando tu seguridad y la de tus hijas/os.

- Cuando comuniques tu decisión de separarte a tu pareja o cuando decidas marchar, intenta llevar a tus hijos/as a un lugar que consideres seguro, con alguien en quien confíes.

- Si te amenaza puedes denunciarlo a la policía. Siempre hay una posibilidad de que cumpla sus amenazas. Recuerda que la LEY CASTIGA LOS MALTRATOS DE OBRA O DE PALABRA Y LA VIOLENCIA HABITUAL DENTRO DE LA FAMILIA.

- Si te agrede puedes denunciarlo a la policía y así, obtener una orden de protección (orden de alejamiento, prohibición de comunicación, etc).

- Una vez que no estéis conviviendo juntos si te pide que le dejes ver a vuestros hijos/as, piensa que puede ser una oportunidad para que él intente verte a solas. Tampoco le dejes ver o llevarse a tus hijas/os hasta que no hayáis arreglado el tema legalmente.

- Evita verle a solas durante los trámites de la separación.

- Si le encuentras cerca del lugar donde te encuentras alojada y no tienes orden de alejamiento, avisa a tu abogado/a o a la policía para ponerlo en conocimiento de alguien, no salgas sola hasta saber cuáles son sus intenciones.

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Plan de huida.

Vamos a darte unas indicaciones que tienes que tener en cuenta si quieres alejarte de tu pareja. Ten en cuenta que cada caso es diferente. No podemos abarcarlos todos. Si crees que lo que aconsejamos no sirve para ti, no dudes en llamar al 016 o en acudir al centro de la mujer de tu ciudad que elijas. Y si quieres tener información anónimamente puedes acudir a los testimonios de otras mujeres que están, o han estado, en una situación similar a la tuya, pon un mensaje en el foro de infomaltrato.com. Seguro que alguien te proporciona una información más detallada.

El artículo 105 del código Civil regula que si se sale del domicilio conyugal por una causa razonable no se incumple el deber de convivencia que se contrae cuando una pareja se casa. Eso sí, es necesario que en el plazo de 30 días presentes la demanda de divorcio, separación o nulidad de tu matrimonio. En cualquier caso, lo recomendable sería que comunicases a las autoridades judiciales tu nueva situación para que se tenga en cuenta a la hora de adoptar las medidas de custodia de hijos, uso del domicilio familiar o de establecer una pensión compensatoria (si es que procede). Es importante que legalices tu situación cuanto antes. Puedes solicitar el servicio de Justicia Gratuito si no tienes ingresos superiores a 1.065 euros mensuales. Nunca firmes nada sin que lo sepa tu abogada/o.

En el caso de que tengas hijos/as y te los lleves contigo al marcharte de tu domicilio, tienes que tener en cuenta que los niños/as son hijos/as tuyos y suyos y que él, como padre, tiene también una serie de derechos (compartís la guarda y custodia de los hijos/as con la obligación de tenerlos bien atendidos y el derecho de disfrutar de su compañía) que se deben respetar hasta que el/la juez/a dicte sentencia. Tendrás que permitirle que vea a los niños/as si así lo solicita y para ello es necesario que le digas cómo puede comunicarse con ellos (teléfono o dirección donde se encuentran). Sería oportuno que le enviases un burofax con esta información para que quedase constancia de tu voluntad de respetar su derecho a relacionarse con sus hijos/as.

Recuerda que cada caso es diferente y que es posible que este plan de huida no sea adecuado para ti. No dudes en acudir a los centros que existen en tu ciudad o Comunidad Autónoma que no tienen otra misión que informarte y ayudarte en caso de ser una mujer maltratada.


1. Irse tras un episodio de malos tratos


Tienes varios números de teléfono a tu disposición para cuando estés en una emergencia a causa de los malos tratos de tu pareja. Sólo tienes que llamar y te ayudarán:

- El número de emergencias 112
- El teléfono contra el maltrato 016
- La Policía Nacional (091)
- La Guardia Civil (062)

En cualquiera de ellos te pedirán que les des tu nombre y el sitio donde estás en ese momento para enviar una patrulla con el fin de protegerte.

Si tienes lesiones físicas los agentes te acompañaran al hospital o centro de salud donde haya servicio de urgencias para que seas atendida y para que se redacte el parte médico de lesiones. Se te entregará una copia de este parte a ti. Otra copia ira al juzgado para ponerla junto con el expediente que se abrirá con tu denuncia.

Cuando termines en urgencias, los agentes te acompañarán a la comisaria o cuartel más cercano para que pongas tu denuncia. Además, te informarán de las direcciones y teléfonos de que dispones para solicitar ayuda e información sobre tu caso concreto Y en caso de que no tengas a donde ir (y se considerara oportuno para garantizar tu seguridad), ellos se encargarán de derivarte hacia una Casa de Acogida o Centro de Emergencia.

Si has salido con urgencia de tu casa y quieres volver a por tus cosas pero no te atreves a hacerlo sola, ellos te acompañarán y protegerán mientras lo haces.


2.Irse de manera planificada


Lo ideal es que prepares tu marcha del domicilio conyugal con tiempo suficiente. Deberías aprovechar un momento de calma en la relación y marcharte sin que él sospeche nada. Un buen plan de huida te ayudará a sentirte más segura en tu decisión. Vamos a elaborar uno, a modo de ejemplo, para que tengas una referencia.

1º. Busca un sitio donde quedarte una vez que decidas marcharte. Un familiar o una amistad que esté dispuesta a acogerte (a ti y a tus hijos/as si es que los tienes) una temporada en tanto que se tramita el divorcio y el juez dictamine las medidas que correspondan (custodia de los hijos/as, visitas, reparto de bienes, uso y disfrute de la vivienda, pensiones...). No se lo digas a nadie. En caso de que no tengas a nadie con quien contar o no tengas recursos económicos suficientes, antes de nada debes dirigirte a cualquier centro de información a la mujer maltratada de tu ciudad y solicitar información de cómo acceder a los servicios de urgencia, acogida o pisos tutelados de tu Comunidad Autónoma.

2º. Haz un inventario de todas las propiedades y de todos los objetos que haya en tu casa.

3º. Pídele a alguien de tu confianza que te vaya guardando en su casa los siguientes documentos (a ser posible original y copia) y objetos:

- Libro de familia.
- DNI
- Carnet de conducir
- Cartilla de la seguridad social o del seguro sanitario que tengas. Tuyas y de tus hijos/as.
- Una de las últimas nominas de tu pareja.
- Copia de la última declaración de la renta.
- Facturas de gastos habituales como la luz, gas, comunidad…
- Fotocopia de la escritura de la vivienda o del contrato de alquiler.
- Cualquier documento judicial que te afecte a ti o tu pareja.
- Todos los expedientes académicos que tengas (tuyos y de tus hijos/as). - Partes de lesiones.
- Informes médicos que te afecten a ti o a tu pareja (y a tus hijos/as si los tienes).
- Libretas de ahorro o cuentas corrientes.
- Medicinas que necesites tu o tus hijos/as.
- Ropa.
- Copia de las llaves de la casa, el coche…
- Dinero en efectivo.
- Fotos, joyas, recuerdos especiales.

4º. Aprovecha un momento bueno de la relación, cuando él no se pueda ni imaginar lo que vas a hacer. Si no lo encuentras invéntate alguna excusa para salir de casa. Si trabajas puedes intentar tener una mañana libre para llevar a cabo el plan. Si no trabajas espera a que tu pareja se vaya a trabajar.

5º. Vete a tu banco y abre una cuenta a tu nombre. Tienes derecho a la mitad del dinero que haya en tus cuentas en el banco. Retíralo antes de que bloquee las cuentas.

6º. Dirígete al juzgado para comunicar tu nueva situación ante las autoridades judiciales. De esta manera quedará constancia de tu salida de casa para resoluciones futuras que tome el/la juez/a.

7ª. Si decides denunciar a tu pareja coge un papel y un lápiz y escribe todo lo que tenga referencia a los malos tratos de tu pareja. Todo lo que recuerdes: fechas, lugares, informes médicos…Todo tranquilamente. Así evitarás llegar a poner la denuncia y con los nervios olvidarte de la mayoría de las cosas. Lo que está apuntado no se olvida.

Puedes presentar tu denuncia en cualquier Comisaría de Policía, puesto de la Guardia Civil o dependencias de las Policías Autonómicas o Locales; en el Juzgado o Fiscalía; en las Oficinas de Atención a la Víctima; en los servicios sociales o instituciones asistenciales dependientes de las Administraciones Públicas o en los Servicios de Orientación. Y no es necesario que la presentes tu personalmente. Cualquier persona que tenga conocimiento del maltrato puede denunciar tu situación.

Cuando llegues a cualquiera de los sitios antes enumerados para poner tu denuncia te van pedir:

- Filiación completa:
Domicilio actual y domicilio al que vayas a ir (si es que vas a tener alguno).
Domicilio o teléfono donde pueda ser localizada en caso de abandonar el domicilio familiar (se pondrá en un sitio aparte si así lo pides).

- Relación de los hechos que motivan la denuncia:
Hora y lugar.
Autor y testigos.
Descripción de la situación de malos tratos y lesiones sufridas.
Asistencia médica recibida para lo que llevaras el parte médico.
Localización del autor/a-domicilio si fuera distinto, lugar de trabajo, etc..

- Situación familiar:
Estado civil.
Relación con la pareja.
Número de años de convivencia.
Número de hijos, edades, relación con el/la autor/autora y víctima.
Si el autor tiene cualquier clase de adicción.
Si los malos tratos son frecuente y cómo suelen ser.
Si los malos tratos son presenciados por los hijos.

- Situación económica:
Medios económicos con que cuenta la pareja.
Si estos medios provienen de uno u otro componente de la pareja.
Si trabajan ambos o sólo uno de ellos.
Propiedad de la vivienda familiar o titularidad del contrato de alquiler.

- Antecedentes:
Si los malos tratos son habituales con que frecuencia suelen ocurrir.
Medios de coacción empleados por el autor (amenazas, golpes, engaños, abuso de autoridad, etc.).
Medios empleados en la comisión de los hechos (armas de fuego, objeto contundente, etc...
Cuando empezaron.
Existencia o no de denuncias precedentes.
Existencia o no de condenas o procesos judiciales anteriores por hechos de esta naturaleza.
Existencia o no de procesos judiciales de separación o divorcio o resoluciones judiciales firmes en esta materia.

Vamos a explicar a grandes rasgos que pasa después de que pones tu denuncia.

1º En el momento de denunciar se te asigna un/a abogado/a.
2º El presunto agresor es detenido para evitar que reincida en sus agresiones.
3º Recibes atención médica, psicológica y social.
4º La policía toma declaración al presunto agresor y a ti.
5º En las 72 horas siguientes debes declarar ante el juez/a.
6º El/la juez/a escucha los testimonios y estudia los informes policiales y médicos.
7º El/la magistrado/a dicta su sentencia. Si el denunciado está de acuerdo con la sentencia se le rebajará un tercio de la pena. Es muy posible que, si es la primera vez que le denuncias, no sea encarcelado. Pero, aunque no vaya a la cárcel, se le pueden imponer medidas para que no se acerque a ti como es una orden de alejamiento o una Orden de Protección. Si el denunciado no está de acuerdo con la sentencia, el caso se juzgará por lo penal y dependiendo de la saturación de los juzgados se verá en el plazo aproximado de un mes. Durante este tiempo el presunto agresor estará en la calle. Si el juez/a ve indicios de peligro para ti, puede tomar medidas de alejamiento, Orden de Protección, uso de la vivienda… que se cumplirán por el presunto agresor hasta que salga la sentencia definitiva.

Una vez puesta la denuncia, si crees que tu integridad física corre peligro, debes solicitar una Orden de Protección en la que (siempre que el Juez/a de Guardia lo estime procedente y vea indicios fundados de que se ha cometido un delito o falta contra la vida, integridad física o moral, libertad sexual, libertad o seguridad de una mujer por parte de un hombre que sea o haya sido su cónyuge o que esté o haya estado ligado a ella por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia) puede mandar que se adopten las medidas cautelares legalmente previstas como pueden ser la prisión provisional, la orden de alejamiento, retirada de armas…El plazo máximo para que se resuelvan estas medidas en una Orden de Protección es de 72 horas. Además muchas veces te pedirán que tengas esta orden de protección para poder acceder a algunos de los mecanismos de asistencia y protección social que se establecen a favor de las mujeres víctimas de violencia de género por el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales tales como:

- Renta Activa de Inserción, que incluye una ayuda en caso de cambio de residencia, gestionada por los Servicios Públicos de Empleo.
- Ayuda económica del artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, gestionada por los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas.
- Acceso a viviendas protegidas y residencias públicas para mayores.
- Derechos laborales y de Seguridad Social.
- Solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales, que sólo será concedida cuando recaiga la sentencia condenatoria, y solicitud de autorización de residencia independiente de los familiares reagrupados.


Las medidas que se pueden llegar a adoptar en la Orden de Protección son de dos tipos:

- Medidas civiles:
la atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar
la determinación del régimen de custodia, visitas, comunicación y estancia con los hijos
el régimen de prestación de alimentos
cualquier disposición que se considere oportuna a fin de apartar al menor de un peligro o de evitarle perjuicios.

-Medidas penales:
Privativas de libertad (prisión provisional).
Prohibición de aproximación.
Prohibición de residencia.
Prohibición de comunicación.
Retirada de armas u otros objetos peligrosos.

Si quieres solicitar esta Orden de Protección tienes que cubrir un formulario (si quieres ver cómo es o quieres imprimirlo pulsa aquí) que encontrarás en:

- las Comisarías de Policía,
- los puestos de la Guardia Civil,
- las dependencias de las Policías Autonómicas y Locales,
- los órganos judiciales penales y civiles,
- las fiscalías,
- las Oficinas de Atención a las Víctimas,
- los Servicios de Orientación Jurídica de los Colegios de Abogados,
- los servicios sociales o instituciones asistenciales municipales, autonómicos o estatales.

Puedes presentarla en cualquiera de los sitios que a continuación te referimos:

- En el Juzgado.
- En la Fiscalía.
- En las Comisarías de la Policía, los puestos de la Guardia Civil, las dependencias de las Policías Autonómicas y Locales.
- En las Oficinas de Atención a las Víctimas.
- En los servicios sociales o instituciones asistenciales dependientes de las Administraciones Públicas.

¿Qué pasa una vez que presentamos la solicitud de Orden de Protección? Una vez recibida la solicitud, el/la Juez/a de Violencia sobre la Mujer o, en su caso, el/a Juez/a de Guardia, convocará a una audiencia urgente (en un plazo máximo de 72 horas) en la que estaréis: tu y/o tu tu representante legal, el solicitante de la orden de protección (si es distinto de la víctima), el agresor asistido de abogado y el Ministerio Fiscal. Será durante esta audiencia cuando se aportarán las pruebas necesarias para acreditar la existencia de violencia de género y el riesgo que corres tú como la víctima. No es necesario que veas a tu agresor porque el/la Juez/a tomará medidas para evitar la confrontación.

Una vez terminada la audiencia, el/la Juez/a dictará un auto sobre si es necesaria la orden de protección y cuáles son las medidas civiles o penales que considera oportuno que se deben tomar.

La orden de protección se notificará a las dos partes (agresor y Fiscal) y el/la Juez/a te lo comunicará a ti y a las Administraciones Públicas competentes para que se adopten las medidas de protección pertinentes.

Serás informada en todo momento de la situación procesal de tu agresor y si ingresa en prisión también se te informará de su situación penitenciaria.

8º. Si tienes hijos menores en edad escolar.

Debes explicar a la dirección del colegio cual es la situación en la que te encuentras. Sería conveniente que lo hicieses por escrito para que quedase constancia de que lo has hecho. De esta manera les pedirás que sólo puedan recoger a tus hijos/as aquellas personas que tú autorices.

9º. Inicia cuanto antes los trámites para el divorcio.

Si tus ingresos mensuales no superan los 1.065 euros puedes solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados/as de tu provincia que se te asigne Abogada/o y Procurador/ora, del Turno de Oficio de Justicia Gratuita.

En el caso de que tu pareja esté de acuerdo con el divorcio y os pongáis de acuerdo en cuanto al uso y disfrute de la vivienda, el ajuar familiar, las pensiones compensatorias al cónyuge que lo necesite, en la revisión de las pensiones… se puede llegar a firmar un Convenio Regulador que se acompañará a la demanda de divorcio.

Si no hay acuerdo entonces hay que iniciar otro tipo de divorcio que es el divorcio contencioso. Tendrás que presentar un escrito de demanda asesorada por tu Abogada/o. No es necesario que se precise cual es la causa que motiva la petición de divorcio. Se iniciará un Juicio Verbal donde tendrán que explicarse estos motivos y se pedirán las medidas que, a juicio de tu abogado/a, deben tomarse. Una vez que se admita la denuncia y se empiece a tramitar ya no es obligatorio seguir conviviendo los dos cónyuges juntos pero hasta que salga la asignación judicial de quien se quedará con la casa, no hay obligación tampoco de que ninguno de los dos abandone el domicilio conyugal.

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Después de la separación:

Conseguir separarse de una pareja agresora reporta muchas ganancias importantes como mejorar la salud, tener mayor bienestar emocional, sentirse tranquila, romper el bloqueo mental, ver crecer a los hijos/as en un ambiente más seguro, tener tiempo para una misma, etc. Es el comienzo de una nueva vida. Un comienzo que conlleva también un trabajo de superación de la vida anterior, para lo cual muchas mujeres han necesitado ayuda en momentos puntuales. Aquí te indicamos los más habituales. Recuerda que cada caso es especial y si no encuentras la información que necesitas aquí, entra en el foro o contacta con nosotras.

Cuando se consigue la separación de la pareja agresora se entra en una etapa de recomposición y de adaptación a una nueva vida. Además de la sensación de seguridad, tranquilidad y de haber tomado las riendas de la propia vida que relatan muchas mujeres recién separadas de su agresor, también comienza un duro trabajo de asimilar lo ocurrido, de tal forma que se empiezan a ver con claridad cosas que antes estaban difusas. Ahora es cuando tienes tiempo para pensar y para hacerlo con claridad.

Es ahora cuando pueden asaltar sentimientos de culpabilidad por no haber visto antes lo que ocurría, por no haberse separado hace tiempo, por lo que han tenido que sufrir los hijos/as, por haber perdido tantos años y tantas cosas, etc. Recuerda que tú fuiste la víctima, el culpable de las agresiones solamente es él, el agresor.

En esta etapa también se suelen recomponer las relaciones con la propia familia y con las amistades. En ocasiones las relaciones se han visto muy afectadas y se ha perdido a muchas personas importantes durante la convivencia e incluso durante el proceso de separación. Sin embargo, muchas mujeres que han pasado por esto han vuelto a recuperar la relación con algunas de estas personas. Otras mujeres no han podido hacerlo, sin embargo refieren que han encontrado nuevas amistades que no tienen nada que ver con aquella etapa de su vida y por lo tanto, no la tienen tan presente.

Para superar estas y otras dificultades y conflictos que se les ha ido presentando durante y después del proceso de separación muchas mujeres han decidido acudir en busca de asesoramiento a terapia individual o de grupo. Así han encontrado ayuda para asimilar y superar lo que les ha ocurrido, superar la culpabilización, ayudar a sus hijos/as, mejorar sus relaciones con familiares y amistades, recomponer su red de apoyo, mejorar sus relaciones con las hijas/os, manejar sus relaciones con su pareja agresora al tener que tratar con él temas relacionados con los hijo/as, relacionarse con nuevas parejas, tomar decisiones respecto al reparto de bienes durante el divorcio, etc.

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Además de todo lo que tiene que ver con la recuperación de una misma, una de las cosas que más preocupa es el bienestar de los hijos/as.

¿Cómo les ha afectado todo esto? ¿Les seguirá afectando? ¿Qué pasará si tienen que seguir manteniendo el contacto con su padre? Las dudas aumentan cuando los hijos/as son menores de edad y el padre tiene derecho a mantener el contacto con visitas supervisadas en los puntos de encuentro, breves encuentros durante los fines de semana o conviviendo los fines de semana y parte de las vacaciones.

A continuación te explicamos las claves que otras mujeres han encontrado para saber si sus hijas/os necesitaban más ayuda y qué hicieron:

Una señal muy clara que indica que algo les ocurre es cuando los niños/as dicen que no quieren ir con su padre. Lo que suele ocurrir en estos casos es que tienen miedo de su padre por lo que le vieron hacer cuando convivíais o por haberte defendido, que él y/o su familia están hablándole mal de ti y/o tu familia, que su padre está intentando sonsacarle información sobre tu vida actual o incluso, que le esté maltratando (no atendiéndole, con comportamientos negligentes, insultándole, ridiculizándole, criticándole, pegándole, etc.).

Otra señal muy clara es cuando los niños/as defienden a su padre agresor y atacan a su madre. Algunos niños/as le echan la culpa de todo a su madre, se apenan por la situación de indefensión en la que ha quedado su padre, dicen que su padre todavía sigue queriendo a su mamá, etc. Parece algo incomprensible después de todos los maltratos, pero lo que suele ocurrir en estos casos es que su padre está diciéndoles continuamente que sigue queriendo a su madre, que él no quería separase y que ahora se encuentra solo y sin dinero.

En ocasiones los niños/as no expresan verbalmente que algo les preocupa o que ocurre cuando acuden con su padre. Hay muchas razones para que esto ocurra, a veces reciben amenazas para que no hablen o piensan que si aguantan, protegen a su padre o a su madre. En este caso y dependiendo de la edad de los niños/as suelen llorar con mayor frecuencia que de costumbre, se mean en la cama, se niegan a comer, se portan mal, están nerviosos los días previos a la salida con su padre, duermen mal, se quejan de dolores de cabeza o de barriga, su salud se debilita, rinden peor en el colegio, pegan a otros niños/as, dejan de ir a clase, se escapan, etc.

Lo que les ha servido a otras mujeres que se han encontrado con estas situaciones fue no desesperarse, hablar con su hijo/a manteniendo la calma e interesándose por sus razones ajustándose a su edad. Escuchándoles y validando sus sentimientos.

Otras cosas que les han resultado útiles para que sus hijos/as se sintieran mejor es elogiar las cosas que hacen bien, estar tiempo a su lado, mostrar interés sobre sus aficiones y gustos, etc.

Entre las cosas que hicieron y solo sirvieron para empeorar la relación con sus hijos/as y hacer que se sintieran peor están: castigarles, pensar que hace las cosas para fastidiarte, pensar que copian a su padre, no actuar y dejar que pase el tiempo y llamar a su expareja y discutir con él.

Junto a todas estas estrategias otra cosa que hicieron fe buscar la ayuda y el asesoramiento de algún profesional especialista del campo de la Psicología que tuviera experiencia en menores y Violencia de Género.

Algunas mujeres han tenido que pensar en la posibilidad de actuar por la vía legal y pedir la custodia de sus hijos/as si no lo habían hecho ya o cambiar los términos acordados inicialmente. Esto ha sido así en los casos en los que se ha temido por la seguridad y el bienestar del menor.

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